
Imagen WEBP
El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santa Marta declaró improcedente la acción de tutela presentada por el acordeonero Javier Antonio Matta Correa contra Ingrid Johana Aguirre Juvinao, en una disputa que surgió después de la ruptura sentimental entre ambos y que posteriormente llegó a los escenarios judiciales.
Matta había solicitado la protección de sus derechos fundamentales a la intimidad, la propia imagen, la honra, el buen nombre y la dignidad humana, argumentando una posible afectación relacionada con material de carácter privado. Sin embargo, en la decisión emitida este 31 de agosto, el despacho concluyó que no estaban acreditados los elementos necesarios para conceder el amparo constitucional.
Durante el proceso, Aguirre sostuvo que ha sido víctima de lo que calificó como “violencia judicial como retaliación sentimental” y afirmó que previamente acudió a la Fiscalía General de la Nación para poner en conocimiento de las autoridades hechos que, a su juicio, deben ser investigados.
Al analizar las pruebas aportadas, el Juzgado señaló que no encontró elementos técnicos o independientes que permitieran establecer que Aguirre tuviera bajo su control fotografías, videos u otro material íntimo de Matta. Tampoco halló evidencia suficiente para demostrar una supuesta clonación del teléfono celular del acordeonero ni pruebas que acreditaran que la accionada hubiera divulgado material privado o ejecutado acciones concretas encaminadas a hacerlo público.
El despacho también examinó la posibilidad de una eventual divulgación futura y concluyó que tampoco se demostró la existencia de una amenaza cierta, actual y objetivamente verificable. En ese sentido, advirtió que “el juez constitucional no puede sustituir la prueba por la sospecha ni la certeza por la conjetura”.

La decisión precisa que no quedó acreditada “una vulneración consumada ni una amenaza cierta, actual, objetiva e inminente atribuible a la accionada”. Además, el Juzgado indicó que varios de los hechos planteados por las partes corresponden a situaciones que deben ser esclarecidas por las autoridades competentes, particularmente en el ámbito de la investigación penal.
El fallo se conoce en medio de una controversia que, tras la separación sentimental, pasó de la esfera privada a los escenarios judiciales y públicos. Aguirre, por su parte, pidió que las diferencias sean resueltas ante las instituciones correspondientes y no mediante enfrentamientos en redes sociales o en espacios mediáticos.
Con fundamento en estos argumentos, el Juzgado declaró improcedente la tutela presentada por Javier Matta contra Ingrid Aguirre. La decisión puede ser impugnada y, por tanto, el caso aún podría continuar su recorrido ante una instancia judicial superior.
ACERCA DEL CORRESPONSAL
CARLOS CASTAñEDA
- ★Internacional | África se está partiendo desde las profundidades de la Tierra: una fuerza invisible estaría impulsando la ruptura del continente
- ★Colombia | Carlos René Montoya llega a Colpensiones para liderar la transformación del sistema de pensiones de Colombia
- ★Colombia | Reforma pensional en Colombia: la cifra que marcará el tope de la mesada de Colpensiones desde 2027
- ★Colombia | Carlos Suárez toma el mando de Ecopetrol y abre una nueva etapa en la petrolera estatal
- ★Internacional | Estados Unidos redirige millones de dólares de ayuda militar de Europa y Oriente Medio hacia Colombia, Perú, Ecuador y Panamá

