
Ecologistas en Acción ha recurrido el archivo de la causa sobre los pozos sin autorización de la finca Aljóbar, vinculada a la Casa de Alba y situada en Aznalcázar, Sevilla, en el entorno de Doñana. La organización sostiene que todavía existen indicios suficientes para investigar un posible delito ambiental y cuestiona, sobre todo, que la falta de contadores de agua termine jugando a favor de quien tenía la obligación de controlar las extracciones.
El recurso pide que se revoque el sobreseimiento, que continúe el procedimiento contra las personas investigadas y que se mantengan las medidas cautelares de precinto. Si el juzgado rechaza el recurso de reforma, Ecologistas plantea subsidiariamente que el asunto llegue a la Audiencia de Sevilla. El caso, por tanto, no está definitivamente enterrado. Ni mucho menos.
Por qué Ecologistas recurre el archivo de los pozos
El núcleo del conflicto es bastante menos barroco de lo que suele parecer cuando un asunto ambiental entra en un juzgado. La investigación parte de la existencia de captaciones sin la autorización correspondiente. Lo que se discute es si esas extracciones alcanzaron una gravedad suficiente como para atravesar la frontera entre una infracción administrativa y un posible delito contra el medio ambiente.
El juez optó por archivar la investigación después de casi tres años al considerar que los informes reunidos no permitían acreditar, ni siquiera de forma indiciaria, que el funcionamiento de los pozos hubiera supuesto un peligro grave para el acuífero Aljarafe Sur o para su entorno ambiental.
Ecologistas en Acción discrepa precisamente de ese salto. A su juicio, durante una fase de instrucción no debería exigirse un nivel de certeza semejante al que correspondería a un juicio. La existencia de informes técnicos enfrentados, argumenta, no convierte automáticamente en inexistente la hipótesis delictiva.
Aquí aparece una de las paradojas más llamativas del expediente: los pozos funcionaban sin los contadores volumétricos necesarios para conocer con precisión el agua captada, y esa ausencia dificulta precisamente calcular cuánto se extrajo.
El argumento de los contadores que centra el recurso
El auto judicial considera que, al no existir esos medidores, no puede determinarse con suficiente seguridad el volumen realmente bombeado. Sin ese dato resulta mucho más difícil demostrar una extracción excesiva y, a partir de ella, un daño ambiental penalmente relevante.
Ecologistas le da la vuelta al razonamiento. La organización sostiene que la ausencia del instrumento obligatorio de control no debería proporcionar una ventaja probatoria al responsable de instalarlo. Dicho de forma menos jurídica: no tener cuentakilómetros no demuestra que el coche circulara despacio.
La normativa sobre aprovechamientos de agua contempla sistemas de control volumétrico precisamente para evitar esta niebla. Las captaciones deben permitir medir qué cantidad se extrae, registrar los datos y facilitar su supervisión por la autoridad hidráulica.
Eso no significa, por sí solo, que la falta de contador demuestre un delito ambiental. Ese matiz importa. Significa que existe una irregularidad relevante para la investigación y que, según los ecologistas, no debería utilizarse como argumento suficiente para descartar que pueda reconstruirse lo sucedido mediante otras pruebas.
Qué dicen los informes de la Guardia Civil
La investigación del Seprona y de especialistas de la Guardia Civil es otro de los puntos de fricción. Los agentes elaboraron una conclusión técnica mucho más desfavorable para los gestores de la finca que la finalmente asumida por el instructor.
Según los cálculos incorporados a la investigación y citados en el recurso, el posible daño ambiental alcanzaría hasta 1,1 millones de euros, mientras que el beneficio económico vinculado al supuesto uso ilícito del agua se habría situado alrededor de 5,1 millones de euros. Son estimaciones periciales de los investigadores, no cantidades declaradas probadas por una sentencia.
La investigación policial también defendía que las extracciones habían sido prolongadas e incontroladas y que existían elementos compatibles con una explotación excesiva del recurso. Ecologistas considera que estas conclusiones pueden discutirse metodológicamente —como ocurre con casi cualquier reconstrucción realizada años después—, pero no simplemente desaparecer del paisaje procesal.
La organización recuerda asimismo que hubo pozos funcionando sin contador, pérdidas visibles en conducciones y episodios en los que captaciones previamente intervenidas volvieron a ser encontradas en funcionamiento. Son indicios que, tomados aisladamente, no prueban un delito. Juntos, sostiene la acusación, justifican que la investigación no termine todavía.
Una reconstrucción hidrogeológica para calcular el agua extraída
La alternativa propuesta por Ecologistas pasa por realizar una reconstrucción hidrogeológica independiente. No habría una cifra exacta caída del cielo, claro, pero sí podría estimarse el agua consumida a partir de otras variables.
Entre ellas estarían la superficie cultivada a lo largo de los años, la evolución de los cultivos, sus necesidades hídricas, la potencia y características de las bombas instaladas o los consumos eléctricos asociados al sistema de extracción.
Es una técnica indirecta. También una vía posible cuando falta una medición directa. La cuestión judicial será determinar si ese margen de incertidumbre permite seguir investigando o si, como entiende el juez instructor, después de casi tres años las diligencias ya han llegado hasta donde podían llegar.
Por qué el juez archivó la causa
El instructor considera que no se ha demostrado que las extracciones hayan provocado un descenso relevante del acuífero capaz de generar un riesgo grave para el medio ambiente. Subraya también que la masa de agua Aljarafe Sur figura oficialmente en buen estado, aunque la propia evolución del acuífero forma parte de la controversia técnica del caso.
El razonamiento enlaza directamente con el Código Penal. La existencia de una captación contraria a la normativa no basta automáticamente para hablar de delito: para entrar en el terreno penal, las extracciones deben causar o poder causar daños sustanciales al agua, al suelo, a plantas o animales, o alcanzar los niveles de gravedad previstos por la legislación ambiental.
Ahí está la bisagra del caso. Los pozos podían ser administrativamente irregulares y, al mismo tiempo, no haber quedado acreditado un delito. Una cosa no conduce inevitablemente a la otra.
La defensa de la propiedad ha sostenido durante el procedimiento que la finca no extrajo más volumen del autorizado para regar y que el problema estaba en los puntos concretos utilizados para obtener ese agua, no en una superación de la cantidad total concedida.
La regularización de los pozos y las cifras del caso
Hay otro ingrediente. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir autorizó posteriormente una modificación del sistema de aprovechamiento del agua de Aljóbar. Eurotécnica Agraria, sociedad encargada de gestionar la explotación, utilizó esa resolución para solicitar el archivo de la vía penal.
La autorización mantiene un volumen máximo de 605.000 metros cúbicos anuales y permite reorganizar la forma de obtener y conducir el agua mediante los pozos existentes. La propiedad considera que la decisión administrativa confirma que el sistema no provoca un daño grave al dominio público hidráulico.
El juez también otorga importancia a esa regularización posterior: si la propia autoridad competente ha permitido el aprovechamiento, razona, resulta difícil sostener que esas captaciones necesariamente venían causando un impacto ambiental grave.
Ecologistas contesta que se están mezclando dos fotografías tomadas en momentos distintos. Una autorización concedida para el uso futuro de las instalaciones no demuestra necesariamente cuánto se extrajo años atrás, ni convierte retroactivamente en autorizadas las captaciones realizadas cuando determinados pozos carecían de permiso.
Esa diferencia temporal es fundamental. Regularizar una infraestructura puede resolver su situación administrativa hacia adelante; otra cuestión es lo que ocurriera durante el periodo investigado y cuáles fueron entonces sus efectos reales sobre el agua subterránea.
La investigación se ha referido a nueve pozos sin licencia localizados en la finca Aljóbar, dentro del término municipal sevillano de Aznalcázar y junto al espacio de Doñana. Las captaciones formaban parte de un sistema destinado a alimentar una balsa desde la que posteriormente se distribuía el agua de riego.
La finca ha estado dedicada al cultivo de naranjos y olivos. Su ubicación en el entorno de Doñana añade sensibilidad a cualquier disputa sobre agua subterránea, especialmente después de años de sequía y de una creciente presión sobre los recursos hídricos de la zona.
Una causa archivada que todavía puede cambiar de rumbo
El recurso coloca ahora el foco menos en la mera irregularidad de los pozos que en una cuestión mucho más delicada: si existen indicios suficientes de daño o riesgo ambiental para continuar por la vía penal.
Ecologistas sostiene que sí y reclama completar la investigación con peritos neutrales. El juez entiende que los informes reunidos no alcanzan el umbral indiciario necesario. La propiedad mantiene que nunca se superó el volumen total autorizado y que la posterior concesión hidráulica respalda su posición.
De momento no hay sentencia que declare probado un delito ambiental ni una resolución firme que convierta las estimaciones de la Guardia Civil en hechos judicialmente acreditados. Hay un archivo recurrido, informes técnicos enfrentados y una cuestión muy concreta bajo toda la hojarasca: cómo determinar cuánto agua salió realmente del subsuelo cuando falta precisamente el instrumento destinado a medirla.
Ahí seguirá girando el caso. El contador que no estaba se ha convertido, casi irónicamente, en una de las piezas que más pesan.
Publicado por: Alessandro Elia
Fuente de esta noticia: https://donporque.com/pozos-ilegales-de-la-casa-de-alba/
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