
La abogada María Cecilia Duarte Vázquez denunció ante la Fiscalía General del Estado a los agentes fiscales Víctor Ramón Maldonado Benítez y Claudia Jeorgina Torres Ozorio por presuntas irregularidades en la tramitación de una investigación por apropiación y otros hechos. La profesional sostiene que la causa fue encaminada hacia una desestimación apresurada pese a que permanecían diligencias pendientes y cuestiona además el manejo de sucesivas recusaciones.
La denuncia fue presentada el 15 de septiembre de 2026 ante el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández. Duarte Vázquez actúa por derecho propio en carácter de víctima y denunciante, con el patrocinio del abogado Cristian José Urdapilleta.
El reclamo se refiere a la Causa N.º 7067/2025, caratulada “Graciela Vicenta Duarte de Ozuna y otros s/ Apropiación y otros”, iniciada en mayo de 2025 y actualmente vinculada al Juzgado Penal de Garantías N.º 2 de San Lorenzo.
Según la presentación, la investigación estuvo inicialmente a cargo del fiscal Gerardo Chamorro, quien había dispuesto distintas diligencias, entre ellas pedidos de informes a entidades bancarias, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), la Municipalidad y la compulsa de expedientes sucesorios.
La denunciante sostiene que, posteriormente, se produjo una sucesión de recusaciones contra los fiscales que intervenían en la causa, hasta que el expediente llegó provisoriamente a la Unidad Penal N.º 5, a cargo del fiscal Víctor Maldonado.
Cuestionan actuación de Maldonado
Duarte Vázquez cuestiona que Maldonado haya retenido la carpeta durante 27 días y, según la denuncia, haya restringido el acceso de la querella al expediente alegando compromisos laborales y vacaciones.
El reclamo es el requerimiento de desestimación presentado por Maldonado el 25 de agosto de 2026. La denunciante sostiene que el pedido fue formulado el mismo día en que la Fiscalía Adjunta rechazó una recusación contra el fiscal natural Gerardo Chamorro y cuando estaba por concluir la intervención provisoria de Maldonado.
Según la presentación, la desestimación se produjo pese a que permanecían pendientes de respuesta más de una docena de oficios y pedidos de informes dirigidos a distintas instituciones.
La jueza de Garantías María Elena Cañete Acosta no hizo lugar directamente a la desestimación, según refiere la denuncia, al advertir que todavía existían diligencias pendientes. Posteriormente, la causa volvió a ser objeto de recusaciones y terminó bajo la intervención de la fiscal Claudia Torres Ozorio.
La denunciante cuestiona también el dictamen de Torres Ozorio, quien habría ratificado el requerimiento de desestimación presentado anteriormente.
Uno de los principales cuestionamientos apunta a la interpretación realizada sobre el vínculo familiar entre los involucrados. Según Duarte Vázquez, la fiscal sostuvo que los querellados eran hijos del causante Luis Duarte Benítez y que el conflicto se reducía a un desacuerdo entre coherederos que debía resolverse en el ámbito civil.
La denunciante afirma, sin embargo, que los involucrados no serían hijos del causante, sino sus hermanos, por lo que —según su planteamiento— no tendrían vocación hereditaria dentro del expediente sucesorio mencionado.
Otro aspecto cuestionado es la falta de investigación sobre el supuesto desvío de ingresos provenientes del alquiler y otros frutos civiles de propiedades en condominio. La denuncia vincula estos hechos con la sociedad NORTEK S.A., constituida en 2024, y con las obligaciones de rendición de cuentas relacionadas con la administración de los bienes sucesorios.
Piden sumario administrativo
Ante estas circunstancias, la abogada sostiene que las sucesivas recusaciones habrían terminado afectando el avance de la investigación y que la causa fue finalmente encaminada hacia una desestimación sin que se agotaran las diligencias investigativas.
Duarte Vázquez solicitó al fiscal general Emiliano Rolón Fernández la apertura de un sumario administrativo contra los fiscales Maldonado y Torres Ozorio para determinar si incurrieron en faltas funcionales.
La denunciante invoca además el principio de objetividad previsto en el artículo 52 del Código Procesal Penal y disposiciones de la Ley N.º 1.562/00, Orgánica del Ministerio Público.
Finalmente, dejó constancia de que se reserva el derecho de recurrir ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y la Corte Suprema de Justicia si considera que existen elementos que ameriten otras acciones.
https://observador.com.py/denuncian-a-dos-fiscales-por-presunta-desestimacion-expres-e-irregularidades-en-investigacion/
ACERCA DEL CORRESPONSAL
REDACCIóN CENTRAL
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