
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para las personas humanas y sucesiones indivisas.
El organismo prorrogó hasta el 30 de octubre de 2026 el plazo para presentar las declaraciones correspondientes al período fiscal 2025, el cual estaba fijado para el día 13.
Lo hizo a través de la Resolución General 5911/2026, publicada este jueves 8 de octubre en el Boletín Oficial.
De esta manera, el organismo otorgó más tiempo a los contribuyentes para cumplir con los trámites correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
La decisión se tomó a partir del diálogo permanente que mantienen las autoridades del organismo y representantes de las entidades que nuclean a los profesionales de ciencias económicas, con el objetivo de facilitar el cumplimiento tributario de los ciudadanos.
La resolución aclaró que las obligaciones de presentación podrán cumplirse de manera excepcional hasta fines de octubre. Sin embargo, el cambio no altera la fecha prevista para el vencimiento de pago, fijado para el 27 de julio de 2026.

Impuesto a las Ganancias: cómo presentar la declaración jurada ante ARCA
Los contribuyentes del Impuesto a las Ganancias deben presentar la declaración jurada del gravamen en la página oficial de ARCA.
Para eso, deben contar con clave fiscal y hacerlo a través del servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”.
Una vez dentro del sistema, deberán seleccionar la modalidad que corresponda Regimen General (Formulario F.11) o Declaración Jurada Simplificada.
Vale recordar que la prórroga aplica tanto para quienes tributan bajo el régimen general como para los adheridos al Régimen Simplificado
A continuación, el paso a paso para presentar la DDJJ:
- Ingresar al sitio oficial de ARCA con CUIT y clave fiscal;
- Seleccionar al servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”;
- Según corresponda, ingresar a Régimen General (F. 711) o la Declaración Jurada Simplificada;
- Completar y/o verificar la información correspondiente al período fiscal (ingresos, deducciones personales, gastos, retenciones y demás datos requeridos);
- Al terminar, mirar la vista previa y cliquear “presentar” para enviar la declaración jurada a ARCA;
- Si la declaración arroja un saldo a pagar, se podrá generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) desde el servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos” o abonarlo a través de homebanking, Link Pagos o Pago Mis Cuentas.
https://www.cronista.com/economia-politica/impuesto-a-las-ganancias-como-presentar-la-declaracion-jurada-ante-arca-y-hasta-cuando-hay-tiempo/
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