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Pasajeros que viajan por rutas provinciales y nacionales en vehículos que ofrecen traslados de media y larga distancia denuncian conductas tan graves como choferes hablando por celular mientras manejan. El problema ya no puede reducirse a la imprudencia individual ni a la decisión del usuario de “subirse igual”. Cuando una actividad onerosa funciona a la vista de todos, de manera cotidiana y sin controles suficientes sobre habilitación, seguros, condiciones del vehículo y conducta del conductor, el interrogante alcanza directamente al Estado: ¿quién protege al pasajero antes de que ocurra una tragedia?
La escena se repite con demasiada naturalidad: vehículos apostados en inmediaciones de terminales o puntos de concentración, conductores ofreciendo viajes hacia distintos lugares de la provincia y pasajeros que eligen esa alternativa por rapidez, disponibilidad o costo. El conflicto aparece cuando, una vez en ruta, quien pagó por ser transportado descubre que el chofer responde llamadas, manipula el teléfono o conduce de manera incompatible con la responsabilidad que implica llevar personas. En ese momento el usuario queda atrapado entre el miedo a confrontar al conductor y una pregunta mucho más seria: ¿ante quién denuncia una conducta peligrosa si ni siquiera tiene claro bajo qué habilitación, seguro o régimen está viajando?
No faltan normas. La legislación provincial establece desde hace décadas que la explotación onerosa de servicios de transporte automotor de pasajeros por caminos de Jujuy está sometida a regulación estatal. En San Salvador, además, el municipio ha reglamentado específicamente el transporte alternativo y el uso de aplicaciones, fijando requisitos, obligaciones y condiciones para los prestadores. Incluso existen antecedentes normativos que sancionan de manera expresa a conductores de transporte de pasajeros que utilizan teléfonos celulares mientras están en servicio. Por eso el problema no parece ser la inexistencia absoluta de herramientas jurídicas, sino la distancia entre las normas escritas y lo que efectivamente ocurre en la calle y en las rutas.
Y allí aparece la responsabilidad institucional. No corresponde afirmar sin pruebas que cada vehículo que ofrece un viaje alternativo sea ilegal, porque existen modalidades habilitadas y reguladas. Pero sí es legítimo exigir que las autoridades provinciales y municipales distingan con claridad qué vehículos están habilitados, qué seguro cubre a sus pasajeros, qué licencia posee el conductor, qué controles técnicos se realizan y qué organismo recibe una denuncia. El propio marco municipal llegó incluso a prohibir expresamente el ofrecimiento oneroso de transporte en vehículos privados no habilitados y contempló secuestro de la unidad y sanciones para los infractores. Si pese a ello determinados servicios funcionan abiertamente sin que el pasajero pueda identificar esas garantías mínimas, la omisión de control deja de ser un detalle administrativo y se convierte en una cuestión de seguridad pública.
También es necesario revisar una idea repetida con demasiada facilidad: que “el pasajero sabe a qué se expone”. Esa afirmación traslada toda la carga al eslabón más débil. El usuario puede elegir un medio de transporte, pero no por eso renuncia a su derecho a viajar en condiciones razonables de seguridad. Mucho menos puede exigírsele que audite una póliza, controle una habilitación técnica o determine si el conductor cumple con todas las exigencias antes de subir. Cuando alguien paga por un traslado, existe una responsabilidad del prestador y también una obligación estatal de fiscalizar una actividad que involucra vidas humanas. La libertad de elección del pasajero no libera al Estado de controlar.
El problema se vuelve todavía más grave cuando la informalidad termina naturalizada. Un vehículo puede circular durante meses ofreciendo viajes, levantar pasajeros, cobrar tarifas y transitar rutas sin que nadie sepa con certeza quién lo controla. En ese escenario, hablar por celular mientras se conduce no es apenas una mala conducta individual: es el síntoma visible de un sistema que funciona con controles insuficientes. La pregunta no debería ser qué hará el Estado después de un accidente, sino qué está haciendo hoy para evitarlo. Porque regular no significa perseguir al trabajador ni eliminar alternativas de movilidad; significa establecer reglas claras, seguridad, seguro obligatorio, identificación del prestador y responsabilidades concretas.
Jujuy necesita abordar el transporte alternativo con seriedad y sin hipocresías. Si el servicio existe y la gente lo utiliza, debe ser transparentado, controlado y profesionalizado. Si una modalidad no está habilitada, debe explicarse y fiscalizarse. Si lo está, el pasajero debe poder saberlo con facilidad. Y si un conductor pone en riesgo a cuatro personas mientras mira un teléfono en plena ruta, debe existir un canal inmediato de denuncia y una autoridad capaz de actuar. La informalidad puede explicar una realidad económica; nunca puede justificar que la seguridad de los pasajeros quede librada a la suerte.
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