
El Tribunal de Juicio de Capital condenó a 14 años de cárcel a Ramón Gregorio Lugo por el homicidio de Jonathan David Romero en el barrio Juan XXIII. El caso se resolvió en una inédita audiencia única.
Ramón Gregorio Lugo fue sentenciado por el asesinato de Jonathan David Romero, ocurrido a plena luz del día en febrero pasado. A propuesta de la Fiscalía, el Tribunal concentró en una sola jornada el debate de responsabilidad, la pena y el veredicto con el acuerdo de todas las partes.
Un trámite procesal sin precedentes
El pasado 23 de septiembre, el Tribunal integrado por los jueces Ariel Azcona, Facundo Esquivel y Joaquín Romero dictó sentencia en un debate oral caracterizado por su celeridad. A partir de una solicitud planteada por la titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) N° 1 de Capital, María Lucrecia Troia Quirch, los magistrados acogieron la modalidad de realizar el juicio en una audiencia única.
La propuesta contó con el consenso de la querellante Paola Gómez y del defensor Hermindo González, logrando unificar en una sola jornada la determinación de la responsabilidad penal, la fijación de la pena y la lectura del veredicto.
Ataque a quemarropa a plena luz del día
El hecho investigado ocurrió el 24 de febrero pasado, apenas transcurrido el mediodía. En esa oportunidad, Ramón Gregorio Lugo —conocido con el alias de «Negro Pantita»— llegó a bordo de una motocicleta hasta el domicilio ubicado en la calle Gato y Mancha al 1127, en el barrio Juan XXIII de la Capital correntina.
En la vereda y a no más de dos metros de distancia, Lugo abrió fuego de manera directa contra la víctima, Jonathan David Romero, quien falleció tras recibir cinco impactos de bala. Las pericias y testimonios establecieron que el atacante ejecutó entre cinco y seis disparos. Si bien el arma utilizada nunca fue hallada y Lugo sostuvo durante el debate que jamás había poseído una, el allanamiento en su vivienda derivó en el secuestro de una cartuchera vacía.
Testimonios clave y condena
La acusación llevada adelante por la UFIC N° 1 se sustentó de forma determinante en la declaración de tres testigos presenciales aportados por el Ministerio Público Fiscal. Durante su alegato final, la fiscal Troia Quirch remarcó que las tres personas resultaron contestes y concordantes al señalar a Lugo como el autor material del ataque, coincidiendo en la fecha, el horario, el lugar y las circunstancias del hecho.
Al momento de fundamentar la resolución, el juez Ariel Azcona sostuvo que la valoración de la totalidad de las pruebas permitió dar por acreditada la plataforma fáctica presentada por la fiscalía. En consecuencia, el Tribunal declaró a Lugo culpable del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, imponiéndole la condena de 14 años de prisión efectiva.
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