
La acusación al fiscal de Emboscada, Bernardo Elizaur y a la auxiliar fiscal Lilian Andrea Florenciano Alfonso por cohecho pasivo agravado, arroja como uno de los elementos relevantes, el uso de una cuenta del hijo de 15 años de la acusada, para la recepción de transferencias solicitadas a cambio de diversas actuaciones enmarcadas en las funciones del Ministerio Público, al margen de la ley.
El requerimiento acusatorio de la fiscal Yeimy Adle detalla que si bien Florenciano fue nombrada como auxiliar fiscal, ejercía labores de asistente fiscal bajo el mando del también acusado. Es por ello que intervenía en la gestión de causas, realizaba guardias en los turnos, preparaba y manejaba proyectos de requerimientos, mantenía contacto operativo con médicos forenses, peritos, abogados y demás intervinientes.
Una de las intervenciones de Florenciano tiene relación con una causa de lesión grave y que al momento de formular imputación, el Agente Fiscal Bernardo Elizaur no contaba con el diagnóstico médico de Sergio Gabriel Moray Sánchez ni con un dictamen del médico forense del Ministerio Público que permitiera determinar técnicamente la naturaleza, gravedad, tiempo de recuperación o consecuencias de las lesiones sufridas.
Esta circunstancia adquiere especial relevancia porque, seis meses después, el 19 de septiembre de 2025, Lilian Florenciano todavía informaba a Bernardo Elizaur que el diagnóstico se encontraba pendiente de la firma del director del hospital de la ciudad de Altos y que recién había realizado gestiones con el médico forense Ricardo Luis Sosa Ocampos para la elaboración de un dictamen. Es decir, la imputación por Lesión Grave fue presentada, sin contar con el elemento médico objetivo destinado precisamente a corroborar la gravedad de la lesión que sustentaba esa calificación jurídica.
El 21 de setiembre de 2025 era la fecha fijada por el juzgado para la presentación del requerimiento conclusivo; por lo que el 19 de setiembre de 2025, Lilian Florenciano -quien era la encargada de la investigación de la causa-, a pedido del agente fiscal Bernardo Elizaur, retomó contacto con la Abg. Corazón de María Corrales, se comunicó con ella al número de teléfono 0983– 967.064 e inició las negociaciones para una salida procesal. Le preguntó si continuaba como representante de Mauricio Soel. Luego de una llamada y de mensajes temporales, Lilian Florenciano escribió: “Dra con toda la confianza”, “Te envío texto” y “Solo soy portadora”; inmediatamente después consultó: “Cuánto es lo que podrían ofrecer por la provisional dice”. Con esa expresión vinculó de manera directa una propuesta económica con la posibilidad de que el agente fiscal Bernardo Elizaur presente un sobreseimiento provisional en la causa.
El 20 de setiembre de 2025, Lilian Florenciano Alfonso se comunicó nuevamente vía Whatsapp con la abogada Corazón Corrales, insistiendo sobre cuanto sería la propuesta ofrecida, en razón de que el 21 de setiembre, debía alzar al sistema el requerimiento conclusivo; a lo que la denunciante le contestó que trataría de llegar a la suma de Gs. 5.000.000 (cinco millones de guaraníes); y Lilian Florenciano respondió textualmente: “el doctor me dijo siete si que”.
Continuando con la conversación, Lilian Florenciano le escribió a Corazón Corrales: “Estoy esperando nomás tu señal”, “Para saber cuál alzar” y “Podemos hacer vía transferencia también”; además le envió a la denunciante una foto del monitor de su computadora donde se podía observar el documento de un sobreseimiento provisional; expresando que esperaba su respuesta para saber cuál requerimiento presentaría refiriéndose a dos requerimientos contrapuestos, el sobreseimiento provisional o la Acusación.
Tras las negociaciones finalmente se dio lugar a la entrega de dinero que fue objeto de vigilancia a partir la denuncia formal de la abogada Corrales y que motivó el procedimiento donde se hallaron los siete millones en la secretaría general de la sede fiscal de Emboscada
En el marco de la investigación, además del relato fáctico, se colectaron numerosos elementos de prueba, entre ellos extracción de comunicaciones e informes de instituciones bancarias.
Como resultado de la extracción forense practicada al teléfono celular de Lilian Andrea Florenciano Alfonso; se solicitó informe al Banco UENO BANK, en atención a que la misma a varias personas les facilitó un número de cédula como “alías” para recibir transferencias. La documentación remitida por Ueno Bank permitió establecer que la cuenta de ahorro utilizada reiteradamente por Lilian Florenciano para recibir las sumas de dinero solicitadas a abogados, particulares e intervinientes en causas penales que se tramitaban ante la unidad penal N° 1 de Emboscada, fue abierta el 28 de junio de 2024 a nombre de su hijo menor de edad, A. S. A. F.,, número que coincide con el alias que la misma proporcionaba a los intervinientes en las causas penales.
“Cabe descartar que, la cuenta fue abierta cuando el menor tenía 15 años de edad y la propia entidad bancaria informó que dicha cuenta se encontraba “a la orden de” Lilian Andrea Florenciano Alfonzo y que el uso de la firma correspondía a ambos en forma indistinta. La entidad fijó para dicho cliente un límite operacional autorizado de Gs. 8.394.927 y remitió el extracto integral de movimientos correspondiente al periodo comprendido entre el año 2024 y octubre de 2025, así como informes detallados de las operaciones realizadas, en los cuales se constata permanentemente la recepción de depósitos y transferencias provenientes de múltiples terceros. ”
Este elemento resulta particularmente relevante al ser confrontado con la extracción forense del aparato celular de Lilian Florenciano, pues en diversas conversaciones era ella quien solicitaba el dinero, proporcionaba a los interesados el alias correspondiente a la cuenta de su hijo menor y recibía posteriormente los comprobantes de las transferencias efectuadas.
“De este modo, la documentación bancaria corrobora objetivamente aquello que surge de las comunicaciones: la cuenta formalmente abierta a nombre del menor era utilizada como instrumento para canalizar fondos provenientes de terceros vinculados con las causas que se encontraban en la Unidad Penal N° 1 de la ciudad de Emboscada asignadas a la funcionaria Lilian Florenciano, bajo la dirección de Bernardo Elizaur; estas transferencias y depósitos estaban vinculados a pagos por diligencias como notificaciones, constituciones, allanamientos, resoluciones y todo tipo de requerimientos”, explica la acusación.
https://observador.com.py/auxiliar-fiscal-usaba-cuenta-de-hijo-menor-para-recibir-coimas-segun-acusacion/
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