
El presidente de la Corte, Alberto Martínez Simón, por una sugestiva recomendación de la Oficina Disciplinaria de la Superintendencia de General de Justicia, a cargo de Analía Velázquez Argaña, archivó el caso del juez en lo civil de Santa Rosa del Aguaray, Nelson Mercado. El magistrado supuestamente había solicitado US$ 10 mil a la abogada Ilsa Paredes, quien, según conversaciones extraídas del celular de la letrada, le respondió que ya le entregaron un cheque de US$ 15 mil.
En marzo pasado, el ministro Manuel Ramírez Candia, superintendente de la circunscripción judicial de San Pedro, pidió investigar los antecedentes para “preservar la confianza pública en la justicia”. Sin embargo, Martínez Simón firmó el blanqueo del magistrado, que el jueves pasado fue enjuiciado por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que solicitó su suspensión a la Corte.
Por providencia de archivo Nº 1452, del 10 de setiembre pasado y por recomendación de la Oficina Disciplinaria de la Superintendencia General de Justicia, el presidente de la Corte archivó el grave caso que afectó a juez de San Pedro, que fue salpicado por presunto pedido de dinero.
En la providencia se menciona el informe de actuaciones preliminares Nº 830 del 24 julio de 2026. Además, se hace referencia que de acuerdo al “análisis de las constancias, no surgen elementos suficientes para la instrucción de sumario administrativo al magistrado Nelson Antolín Mercado Portillo y a los abogados Ilsa Paredes y Willian Bogarín Campuzano”. En consecuencia, Martínez Simón ordenó el archivo de los antecedentes del caso.
Se aclara después, que esta disposición es “sin perjuicio de la reapertura de la presente investigación en cualquier momento si hubiese mérito suficiente para ello”.
En la sesión del jueves pasado del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el ministro Ramírez Candia, argumentó el enjuiciamiento y pedido de suspensión a la Corte del juez Mercado. El representante de la Corte ante el JEM, afirmó que pese a que se estaría ante la comisión de un hecho punible (cohecho pasivo agravado), la ley habilita al Jurado a enjuiciar al magistrado y frenar el tramite del proceso hasta tanto se tenga una decisión del Ministerio Público.
https://observador.com.py/presidente-de-la-corte-archivo-caso-de-juez-que-fue-enjuiciado-por-el-jurado-por-pedir-dinero-a-abogada/
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