
Los diputados nacionales Alejandra Torres, Juan Schiaretti y Carlos Gutiérrez presentaron un proyecto de ley para crear un régimen integral de tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos, con el objetivo de prevenir ataques, establecer mecanismos de control y garantizar la reparación a las víctimas cuando se produzcan daños.
La propuesta crea el Registro Nacional de Perros Potencialmente Peligrosos (RENAPPP), un sistema federal que funcionará articuladamente con las bases de datos provinciales y municipales. Además, obliga a los propietarios o tenedores de estos animales a obtener una licencia administrativa, acreditar aptitud psicológica, carecer de antecedentes penales por delitos contra las personas y registrar a los animales mediante microchip.
El proyecto define como perros potencialmente peligrosos a aquellos que hayan registrado antecedentes de agresiones o ataques, hayan sido adiestrados para el ataque o la defensa, o presenten determinadas características físicas asociadas a mayor potencia y capacidad de causar daños. También contempla la inclusión de determinadas razas o tipologías, aunque aclara que la clasificación no podrá basarse únicamente en la pertenencia racial del animal.
Entre las obligaciones previstas figura la contratación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil que cubra daños materiales, lesiones, secuelas incapacitantes y muerte ocasionados a terceros. La falta de esta cobertura impediría obtener la licencia de tenencia y podría derivar en el secuestro preventivo del animal por parte de las autoridades competentes.
La iniciativa también establece estrictas medidas de seguridad. En la vía pública, los perros alcanzados por la norma deberán circular con bozal y correa resistente de hasta un metro y medio de longitud. En los domicilios, los propietarios deberán contar con cerramientos adecuados, de al menos dos metros de altura, y carteles visibles advirtiendo la presencia del animal.
En materia sancionatoria, se invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adoptar una Unidad de Multa Canina (UMC), cuyo valor equivaldría al precio de diez litros de nafta súper de YPF. Las multas podrían oscilar entre 10 y 3.000 UMC, según la gravedad de la infracción, la reincidencia o los antecedentes del animal.
Uno de los aspectos más novedosos del proyecto es la incorporación de un régimen penal específico. La propuesta prevé penas de tres a ocho años de prisión para quienes, por negligencia en la guarda de un perro potencialmente peligroso, causen la muerte de una persona. Cuando existan agravantes, como la falta de bozal, la ausencia de seguro o antecedentes de agresividad del animal, la pena mínima se elevaría a cuatro años.
Asimismo, se establecen penas de prisión para los casos de lesiones graves provocadas por ataques y se crea una figura penal de “peligro abstracto” para sancionar a quienes dejen sueltos a estos perros sin las medidas de seguridad exigidas, incluso cuando no lleguen a producirse lesiones.
En los fundamentos, los autores sostienen que actualmente existe una regulación fragmentada entre provincias y municipios, lo que dificulta la identificación de responsables y la aplicación de criterios homogéneos de prevención. Por ello, impulsan un sistema nacional que combine registro, trazabilidad, responsabilidades civiles y herramientas penales, pero manteniendo en manos de las jurisdicciones locales las tareas de fiscalización y control.
Según remarcan los legisladores, la iniciativa no busca prohibir determinadas razas ni responsabilizar a los animales por los hechos que protagonizan, sino reforzar las obligaciones de quienes deciden tener bajo su cuidado ejemplares que, por sus características físicas o antecedentes, pueden representar un riesgo mayor para terceros.
Medio: parlamentario.com
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